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  • LIGA PROFESIONAL

    Final

    Gimnasia y Esgrima (LP) 10 Estudiantes
    GELP AAE
  • FEDERAL A

    Por comenzar

    Costa Brava (GP) 00 Atenas
    CACB CSBA
  • PRIMERA A

    Final

    Acción Juvenil (GD) 11 Banda Norte
    AJGD AABN
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Universidad NRC 00 Ind. Dolores (GC)
    UNRC AID
  • PRIMERA A

    Final

    Dep. Municipal (AM) 02 Atl. San Basilio
    DMAM CASB
  • PRIMERA A

    Final

    Everton Club (CM) 10 Sp. Municipal
    ECM CSM
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Atenas 00 San Martín (VM)
    CSBA CASM
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Belgrano (VM) 00 Lautaro Roncedo (AG)
    BVM CSBLR
  • PRIMERA A

    Final

    Lutgardis Riveros (AG) 32 Toro Club (CM)
    CALR TCSD
  • PRIMERA A

    Final

    Ateneo Vecinos (GC) 31 Belgrano (CM)
    AVBA BCM
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Atl. Sampacho 00 Atl. Adelia María
    CAS CAAM
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Def. de Alberdi 00 Fusión FC
    CADA FFC
  • PRIMERA B

    Final

    Dep. Municipal (R) 13 Juventud Unida (CB)
    CDMR JUCB
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Herlitzka (LV) 00 Los Incas
    CSCH ARLI
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Correos y Telecomunic. 00 Dep. Río Cuarto
    CACT CDRC
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Talleres (LA) 00 Santa Paula (C)
    CAT SPC
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Juventud Unida (RC) 00 Granada (H)
    JURC CAGH
  • PRIMERA B

    Final

    C.C. Alberdi 21 Rosario FC
    CCA RFC
  • PRIMERA B

    Final

    Confraternidad 11 San Lorenzo (B)
    CRC SLB
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Rec. Unión (O) 00 Centro Social (LH)
    CRUO CSLH

Primera División A

12-06-2011 23:58

Reglamento en mano

Los capítulos IX y XI del reglamento de la Liga Regional resultan pertinentes para lo sucedido en la cancha de Centro Social de Las Higueras.

Capítulo IX: Organización de los partidos

 

Artículo 32º: La organización de todo lo inherente al partido es responsabilidad del club que actúa como local. Entre estas responsabilidades se encuentran las siguientes:

a) La contratación del servicio policial suficiente para mantener el orden y la seguridad, tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio, del campo de juego, en las zonas de vestuarios, en las boleterías, etc.

Con el objeto de aunar criterios, se fija la cantidad de tres (3) efectivos policiales como máximo para que se ubiquen en el perímetro interno del campo de juego, en tanto que el número de efectivos policiales para custodiar los demás sectores del estadio será consensuado por las autoridades del club local y el jefe policial que corresponda por jurisdicción.

d) La adopción de medidas que, en caso de accidente, permitan una rápida atención del accidentado (primeros auxilios), tales como presencia del personal médico o paramédico, ambulancia, etc.

 

Capítulo XI: Suspensión de partido

 

Artículo 36º: La facultad de suspensión de un partido (iniciado o no) en lo que hace a las condiciones del campo de juego es de exclusiva competencia del árbitro, siendo éste el único que podrá determinar si las mismas permiten el normal desarrollo del partido.

 

Artículo 37º: En caso que por cualquier causa fuese suspendido un partido (iniciado o no), la delegación visitante deberá hacerse cargo de los gastos que demande el nuevo viaje, salvo que mediare resolución en contrario por parte del Tribunal de Disciplina Deportiva.

 

 

Fuente: LRFRC

Redacción Al Toque