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  • LIGA PROFESIONAL

    Final

    Belgrano (C) 21 Estudiantes
    CAB AAE
  • FEDERAL A

    Final

    Huracán Las Heras 10 Atenas
    HLH CSBA
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Ateneo Vecinos (GC) 00 Lutgardis Riveros (AG)
    AVBA CALR
  • PRIMERA A

    Final

    Lautaro Roncedo (AG) 10 Atenas
    CSBLR CSBA
  • PRIMERA A

    Final

    San Martín (VM) 14 Acción Juvenil (GD)
    CASM AJGD
  • PRIMERA A

    Final

    Belgrano (CM) 00 Everton Club (CM)
    BCM ECM
  • PRIMERA A

    Final

    Toro Club (CM) 10 Dep. Municipal (AM)
    TCSD DMAM
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. Adelia María 10 Belgrano (VM)
    CAAM BVM
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. San Basilio 10 Atl. Sampacho
    CASB CAS
  • PRIMERA A

    Final

    Universidad NRC 11 Ind. Dolores (GC)
    UNRC AID
  • PRIMERA A

    Final

    Banda Norte 21 Sp. Municipal
    AABN CSM
  • PRIMERA B

    Final

    Dep. Municipal (R) 12 Talleres (LA)
    CDMR CAT
  • PRIMERA B

    Final

    Centro Social (LH) 01 Juventud Unida (RC)
    CSLH JURC
  • PRIMERA B

    Final

    Def. de Alberdi 01 Confraternidad
    CADA CRC
  • PRIMERA B

    Final

    Santa Paula (C) 30 Los Incas
    SPC ARLI
  • PRIMERA B

    Final

    C.C. Alberdi 22 Correos y Telecomunic.
    CCA CACT
  • PRIMERA B

    Final

    Fusión FC 03 San Lorenzo (B)
    FFC SLB
  • PRIMERA B

    Final

    Herlitzka (LV) 10 Rec. Unión (O)
    CSCH CRUO
  • PRIMERA B

    Final

    Rosario FC 21 Juventud Unida (CB)
    RFC JUCB
  • PRIMERA B

    Final

    Charrense FC 30 Granada (H)
    CFC CAGH

Primera División A

12-06-2011 23:58

Reglamento en mano

Los capítulos IX y XI del reglamento de la Liga Regional resultan pertinentes para lo sucedido en la cancha de Centro Social de Las Higueras.

Capítulo IX: Organización de los partidos

 

Artículo 32º: La organización de todo lo inherente al partido es responsabilidad del club que actúa como local. Entre estas responsabilidades se encuentran las siguientes:

a) La contratación del servicio policial suficiente para mantener el orden y la seguridad, tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio, del campo de juego, en las zonas de vestuarios, en las boleterías, etc.

Con el objeto de aunar criterios, se fija la cantidad de tres (3) efectivos policiales como máximo para que se ubiquen en el perímetro interno del campo de juego, en tanto que el número de efectivos policiales para custodiar los demás sectores del estadio será consensuado por las autoridades del club local y el jefe policial que corresponda por jurisdicción.

d) La adopción de medidas que, en caso de accidente, permitan una rápida atención del accidentado (primeros auxilios), tales como presencia del personal médico o paramédico, ambulancia, etc.

 

Capítulo XI: Suspensión de partido

 

Artículo 36º: La facultad de suspensión de un partido (iniciado o no) en lo que hace a las condiciones del campo de juego es de exclusiva competencia del árbitro, siendo éste el único que podrá determinar si las mismas permiten el normal desarrollo del partido.

 

Artículo 37º: En caso que por cualquier causa fuese suspendido un partido (iniciado o no), la delegación visitante deberá hacerse cargo de los gastos que demande el nuevo viaje, salvo que mediare resolución en contrario por parte del Tribunal de Disciplina Deportiva.

 

 

Fuente: LRFRC

Redacción Al Toque