Jugadores expulsados y/o sancionados:
Sergio Gómez / Centro Social (LH) / 3 partidos / Art. 200 Inc. “a” Punto 7.
Fermín Zufiaurre / Atl. Adelia María / 2 partidos / Art. 201 Inc. “b” Punto 4.
Diego González / PF / Atl. Adelia María / 1 partido / Art. 186, 260 y 261.
Matías Fonseca / Sportivo Municipal / 1 partido / Art. 207.
Nicolás Girotti / Vélez Sársfield (Oliva) / 3 partidos / Art. 200 Inc. “a” Punto 1.
Gonzalo Daniele / Vélez Sársfield (Oliva) / 1 partidos / Art. 207.
Lucas Felici / Huracán (Tancacha) / 1 partido / Art. 207.
Adrián Colazo / Sportivo Laguna Larga / 1 partido / Art. 201 Inc. “b” Punto 4.
Daniel Caminos / Sportivo Laguna Larga / 1 partido / Art. 204.
Agustín Santuchi / Juv. Unida (Camilo Aldao / 3 partidos / Art. 200 Inc. “a” Punto 1.
Guillermo Rivera / Sp. Rural (Santa Eufemia) / 1 partido / Art. 207.
Jorge Cesarini / Alumni (Villa María) / 1 partido / Art. 207.
Facundo Depetris / Alumni (Villa María / 1 partido / Art. 186.
Gustavo Miranda / DT / Alumni (Villa María) / 1 partido / Art. 186, 260 y 261.
Juan Lindero / Médico / Alumni (Villa María) / 1 partido / Art. 186, 260 y 261.
Gerardo Morales / Unión Ctral. (Villa María) / 1partido / Art. 202 Inc. “a”.
Jorge Rodríguez / Def. del Oeste (Villa Dolores) / 3 partidos / Art. 200 Inc. “a” Punto 1.
Germán Altamirano / Def. del Oeste (Villa Dolores) / 1 partido / Art. 186/260 y 261.
Matías Migliore / Cult. Del Campillo / 3 partidos / Art. 200 Inc. “a” Punto 1.
Pablo González / EMFI (Bialet Massé) / 1 partido / Art. 186.
Lucas Vaquel / EMFI (Bialet Massé) / 1 partido / Art. 207.
Yamil Sabadín / 25 de Mayo (La Cumbre) / 1 partido / Art. 207.
Isaac Ribulgo / 25 de Mayo (La Cumbre) / 1 partido / Art. 202 Inc. “b”.
Gustavo González / PF / 25 de Mayo (La Cumbre) / 1 partido / Art. 186, 260 y 261.
Expediente 01/2012:
Habiéndose recibido el descargo que le fuera solicitado al Club Asociación Española y Deportiva Jorge Ross de La Carlota en referencia a la inclusión en el partido que disputara el día 22/01/12 frente al Club Central Córdoba de Laboulaye de miembros de su cuerpo técnico en la cual informa “… por error no se remitieron oportunamente a la Federación Cordobesa de Fútbol con el resto de los EMMAC …”. Ante lo informado y siendo que se encontraban en su poder los mismos, nos preguntamos porque no fueron entregados al Sr. árbitro en el día de la disputa del encuentro ya que según consta fueron realizados el día 20/01/12. Por lo expuesto se da por cerrado este sumario resolviendo AMONESTAR al Club Jorge Ross de La Carlota, instándolo a evitar la repetición de hechos como el descripto. Art. 151 y 33 del R.T. y P..
Se emplaza por el término de siete (7) días al Club Unión Central de Villa María a abonar el saldo de $ 800 que no fueron percibidos por el árbitro del cotejo, Sr. Mauro Daniele, en partido frente a Alumni de Villa María el día 29/01/12 bajo apercibimiento de aplicar lo determinado en el Artículo 77 y 33 R.T. y P..
Se emplaza por el término de siete (7) días al Club Central de Río Segundo para que abone el Seguro del Espectador del encuentro disputado el día 29/01/12 frente al Club Sportivo Tirolesa de Colonia Tirolesa bajo apercibimiento de aplicar lo determinado en el Artículo 77 y 33 R.T. y P..
Se emplaza por el término de siete (7) días al Club EMFI de Bialet Massé para que abone el Seguro del Espectador del encuentro disputado el día 29/01/12 frente al Club 25 de Mayo de La Cumbre bajo apercibimiento de aplicar lo determinado en el Artículo 77y 33 R.T. y P..
Fuente: FCF
Foto: Al Toque / Archivo
Redacción Al Toque