Inicio Quiénes somos Publicidad Contacto Enlace a Facebook Enlace a Instagram Enlace a Youtube Enlace a Twitter
  • REGIONAL AMATEUR

    Final

    Náutico Rumipal 03 Acción Juvenil (GD)
    CNR AJGD
  • PRIMERA B

    Final

    Charrense FC 20 Correos y Telecomunic.
    CFC CACT

15-11-2012 11:42

¿Qué dice el Artículo 183?

Cita textual del apartado por el cual el Tribunal decidió suspender a un joven sub 15 de San Cayetano.

SANCIÓN A JUGADOR POR AGRESIÓN, AGRAVIO O DESACATO AL ÁRBITRO

Art. 183 - Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.

 

 

Redacción Al Toque