Por comenzar
00
CAA
AAE
Por comenzar
00
ACSM
CSBA
Por comenzar
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AVBA
TCSD
Final
50
ECM
UNRC
Por comenzar
00
CSBA
CAAM
Por comenzar
00
BVM
AID
Por comenzar
00
CALR
CASB
Final
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CRC
CSM
Por comenzar
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AJGD
CASM
Por comenzar
00
AABN
BCM
Por comenzar
00
CAS
CSBLR
Por comenzar
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RFC
CACT
Por comenzar
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SPC
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Final
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SLB
JURC
Por comenzar
00
CDRC
CADA
Por comenzar
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JUCB
CRUO
Por comenzar
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CAGH
CSCH
Por comenzar
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FFC
CCA
Por comenzar
00
ARLI
CRC
Por comenzar
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CFC
CAT
Con la firma de Jorge Rafeal Videla, Albano Harguindeguy y José Alfredo Martínez de Hoz, entre otros conspicuos cívico-militares que encabezó el golpe militar más genocida que se tenga memoria en la República Argentina, el 15 de setiembre de 1980 veía a la luz la Ley Federal de Radiodifusión 22.285.
El 27 de Agosto de 2009, el Poder Ejecutivo Nacional con la firma del Jefe de Gabinete de Ministros Dr. Aníbal Domingo Fernández, se enviaba al Honorable Congreso de la Nación, el proyecto de Ley de Servicios Audiovisuales, para que sea tratado por las dos cámaras, hecho que hoy está sucediendo.
Expresa el relator de la Libertad de Expresión de la ONU Frank La Rue, sobre la misma: “Esta propuesta de Ley, es un modelo único en el mundo y un ejemplo para todos los demás países en virtud que garantiza el acceso de todos los sectores a las frecuencias de la radio y la televisión, manteniendo el principio de pluralismo y diversidad en el ejercicio de la libertad de expresión”.
Afirma el relator de fútbol y periodista Víctor Hugo Morales: “Desde un principio he estado a favor de la Ley, sobre todo a partir de leer los artículos fundamentales, me he concentrado en aquellos que más se han criticado por quienes se han mostrado disconformes con la ley y considero que no hay elementos allí, salvo para la discusión, como para decir por esto no consideramos la ley”.
La sociedad riocuartense debe involucrarse en este debate. Es que esta ley posibilita pluralizar las voces en el aire de frecuencias radiales, o ¿Porqué sólo debe haber una frecuencia de AM en la capital alterna de Córdoba, siendo que en la capital provincial hay cinco? o ¿Porqué en Río Cuarto no se observa la señal de Canal 7 de Buenos Aires? O ¿porqué las frecuencias radiales y televisivas deben ser otorgadas a sociedades civiles con fines comerciales?.
Este tema, indudablemente y con dos diputados nacionales con absoluta legitimidad, porque fueron elegidos por el voto popular, que representan a la ciudadanía cordobesa pero desarrollados como ciudadanos en la ciudad de Río Cuarto, debe ayudar para que se conformen más foros –porque muchas organizaciones participaron del que se realizó cuando este Proyecto era Anteproyecto en la Universidad Nacional de Córdoba-, que apuntalen lo que ya hicieron los estudiantes de Ciencias de la Comunicación de la UNRC con el Encuentro Nacional de Estudiantes de la Comunicación, con lo que llevaron adelante los bloques de la Coalición y el FREGEN en el Concejo Deliberante.
En definitiva, todo y cada uno de los actores sociales debemos involucrarnos para debatir esta ley, para que la información se constituya en un bien social y no en un negocio empresarial monopólico como es hasta el presente.