RESOLUCIONES
JUGADORES SANCIONADOS
OCHOA, JONATHAN IVAN 1ªA AT. TALLERES Art.204 1 PARTIDO
OVIEDO, PABLO OSCAR 1ªA AT. TALLERES Art.204/211 1 PARTIDO-PC 30 DIAS
LUJAN, HERNAN FAVIO 1ªA AT. A. MARIA Art.204 1 PARTIDO
SOSA, RUBEN ALEJANDRO 1ªA SP. ATENAS Art.204 1 PARTIDO
INTEGRANTES DE CUERPOS TECNICOS Y COLABORADORES SANCIONADOS
BATTAGLINO, OSVALDO AUX L. RONCEDO Art.186 7 DIAS
CITACIONES A JUGADORES
GUZMAN, ALEJANDRO H. 1ªA AT. TALLERES
BOSCO, PABLO MARTIN 1ªA AT. ADELIA MARIA
INTIMACION A CLUBES
Por no haber abonado su deuda con la Tesorería de la L.R.F.R.C., SE INTIMA por CINCO (05) días para su cumplimiento, a los siguientes clubes: Centro Cultural Alberdi, Atlético Granada, A. Belgrano, Los Incas, Everton Club, Independiente Dolores, Lutgardis Riveros, Sportivo Municipal, Centro Social, Toro Club, Santa Paula, Juventud Unida, Defensores de Alberdi, Renat6o Cesarini y San Cayetano.-
COMUNICADOS
Al cumplirse el próximo día 20 de Marzo el 69 aniversario de la fundación del Club Atlético Santa Paula de Carnerillo, este H.T.D. hace llegar sus saludos a directivos, jugadores, cuerpo técnico y simpatizantes, augurándole éxito en su vida institucional por tan importante conmemoración.
En razón de haber comenzado la nueva temporada del fútbol regional, el Tribunal Disciplinario de la Liga Regional de Fútbol de Río Cuarto hace saber a los respectivos clubes que a partir d la fecha se implementan una serie de medidas con el solo objeto de optimizar el trabajo del tribunal y agilizar el funcionamiento y tramitación en beneficio de todas las partes intervinientes, a saber:
1. Solamente deberán presentarse a declarar, quienes hayan sido citados por este Tribunal.
2. Los integrantes de los clubes que no estén ubicados en la ciudad de Río Cuarto, que deban realizar su declaración por haber sido citados por este Honorable Tribunal Disciplinario, podrán hacerlo mediante nota escrita en papel membretado de la Institución, detallando acabadamente las circunstancias, aclarando que la misma deberá llevar la firma de los declarantes y Presidente de la Institución y dirigida en sobre cerrado a este Tribunal, la que deberá estar indefectiblemente en la Liga al comienzo de la sesión.
3. Los jugadores que intervienen en los torneos de categorías Juveniles e Infantiles, cuando sean citados, deberán concurrir acompañados del Delegado del Club. 4. Todo dirigente o miembro de Club que necesite audiencia con el Tribunal, deberá solicitarla con 48 horas de antelación, a través de la administración de la Liga, especificando el tenor del tema a tratar.-
Fuente: www.ligafutbolriocuarto.com.ar
Redacción Al Toque