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  • PRIMERA A

    Final

    Everton Club (CM) 11 Acción Juvenil (GD)
    ECM AJGD
  • PRIMERA A

    Final

    Centro Social (LH) 24 Toro Club (CM)
    CSLH TCSD

29-07-2010 11:36

Artículos 183, 184 y 106 inciso g)

Detalles del artículo 183, por el cual fue sancionado Aguilar, el 184 que juzgó a Darío Salgado, y el 106 inciso g) que decretó darle por ganado el partido a Centro Social Las Higueras.

Art. 183 - Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.

 

 

Art. 184 - Suspensión de diez a treinta partidos al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo anterior.

 

Art. 106 Inc. g) Art. 106 - PÉRDIDA DE PARTIDO - Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos:

g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.

 

 

Redacción Al Toque