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  • LIGA PROFESIONAL

    Final

    Belgrano (C) 21 Estudiantes
    CAB AAE
  • FEDERAL A

    Final

    Huracán Las Heras 10 Atenas
    HLH CSBA
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Ateneo Vecinos (GC) 00 Lutgardis Riveros (AG)
    AVBA CALR
  • PRIMERA A

    Primer tiempo

    Lautaro Roncedo (AG) 00 Atenas
    CSBLR CSBA
  • PRIMERA A

    Final

    San Martín (VM) 14 Acción Juvenil (GD)
    CASM AJGD
  • PRIMERA A

    Final

    Belgrano (CM) 00 Everton Club (CM)
    BCM ECM
  • PRIMERA A

    Final

    Toro Club (CM) 10 Dep. Municipal (AM)
    TCSD DMAM
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. Adelia María 10 Belgrano (VM)
    CAAM BVM
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. San Basilio 10 Atl. Sampacho
    CASB CAS
  • PRIMERA A

    Final

    Universidad NRC 11 Ind. Dolores (GC)
    UNRC AID
  • PRIMERA A

    Final

    Banda Norte 21 Sp. Municipal
    AABN CSM
  • PRIMERA B

    Final

    Dep. Municipal (R) 12 Talleres (LA)
    CDMR CAT
  • PRIMERA B

    Final

    Centro Social (LH) 01 Juventud Unida (RC)
    CSLH JURC
  • PRIMERA B

    Final

    Def. de Alberdi 01 Confraternidad
    CADA CRC
  • PRIMERA B

    Final

    Santa Paula (C) 30 Los Incas
    SPC ARLI
  • PRIMERA B

    Final

    C.C. Alberdi 22 Correos y Telecomunic.
    CCA CACT
  • PRIMERA B

    Final

    Fusión FC 03 San Lorenzo (B)
    FFC SLB
  • PRIMERA B

    Final

    Herlitzka (LV) 10 Rec. Unión (O)
    CSCH CRUO
  • PRIMERA B

    Final

    Rosario FC 21 Juventud Unida (CB)
    RFC JUCB
  • PRIMERA B

    Final

    Charrense FC 30 Granada (H)
    CFC CAGH

29-07-2010 11:36

Artículos 183, 184 y 106 inciso g)

Detalles del artículo 183, por el cual fue sancionado Aguilar, el 184 que juzgó a Darío Salgado, y el 106 inciso g) que decretó darle por ganado el partido a Centro Social Las Higueras.

Art. 183 - Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.

 

 

Art. 184 - Suspensión de diez a treinta partidos al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo anterior.

 

Art. 106 Inc. g) Art. 106 - PÉRDIDA DE PARTIDO - Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos:

g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.

 

 

Redacción Al Toque