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  • LIGA PROFESIONAL

    Por comenzar

    Estudiantes 00 River Plate
    AAE CARP
  • FEDERAL A

    Final

    Atenas 31 Cipolletti
    CSBA CC
  • PRIMERA A

    Final

    Everton Club (CM) 41 Renato Cesarini
    ECM CRC
  • PRIMERA A

    Final

    San Martín (VM) 32 Toro Club (CM)
    CASM TCSD
  • PRIMERA A

    Final

    Sp. Municipal 20 Atenas
    CSM CSBA
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. San Basilio 44 Banda Norte
    CASB AABN
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Ind. Dolores (GC) 00 Dep. Municipal (AM)
    AID DMAM
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. Adelia María 12 Ateneo Vecinos (GC)
    CAAM AVBA
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Universidad NRC 00 Atl. Sampacho
    UNRC CAS
  • PRIMERA A

    Final

    Belgrano (CM) 04 Belgrano (VM)
    BCM BVM
  • PRIMERA A

    Final

    Lautaro Roncedo (AG) 42 Lutgardis Riveros (AG)
    CSBLR CALR
  • PRIMERA B

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    Fusión FC 00 Confraternidad
    FFC CRC
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Charrense FC 00 Rec. Unión (O)
    CFC CRUO
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Los Incas 00 Dep. Río Cuarto
    ARLI CDRC
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    San Lorenzo (B) 00 Correos y Telecomunic.
    SLB CACT
  • PRIMERA B

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    Santa Paula (C) 00 Centro Social (LH)
    SPC CSLH
  • PRIMERA B

    Por comenzar

    Def. de Alberdi 00 Herlitzka (LV)
    CADA CSCH
  • PRIMERA B

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    Rosario FC 00 Granada (H)
    RFC CAGH
  • PRIMERA B

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    Juventud Unida (RC) 00 C.C. Alberdi
    JURC CCA
  • PRIMERA B

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    Talleres (LA) 00 Dep. Municipal (R)
    CAT CDMR

29-07-2010 11:36

Artículos 183, 184 y 106 inciso g)

Detalles del artículo 183, por el cual fue sancionado Aguilar, el 184 que juzgó a Darío Salgado, y el 106 inciso g) que decretó darle por ganado el partido a Centro Social Las Higueras.

Art. 183 - Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.

 

 

Art. 184 - Suspensión de diez a treinta partidos al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo anterior.

 

Art. 106 Inc. g) Art. 106 - PÉRDIDA DE PARTIDO - Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos:

g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.

 

 

Redacción Al Toque