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  • PRIMERA NACIONAL

    Final

    Brown (A) 00 Estudiantes
    CAB AAE
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Atenas 00 Atl. San Basilio
    CSBA CASB
  • PRIMERA A

    Por comenzar

    Dep. Municipal (AM) 00 Estudiantes
    DMAM AAE
  • PRIMERA A

    Final

    Atl. Sampacho 21 Ind. Dolores (GC)
    CAS AID
  • PRIMERA A

    Final

    Toro Club (CM) 11 Lautaro Roncedo (AG)
    TCSD CSBLR
  • PRIMERA A

    Final

    Banda Norte 11 Everton Club (CM)
    AABN ECM
  • PRIMERA A

    Final

    Centro Social (LH) 00 Belgrano (CM)
    CSLH BCM
  • PRIMERA A

    Final

    Ateneo Vecinos (GC) 20 C.C. Alberdi
    AVBA CCA
  • PRIMERA A

    Final

    Lutgardis Riveros (AG) 01 Atl. Adelia María
    CALR CAAM
  • PRIMERA A

    Final

    Dep. Río Cuarto 10 Acción Juvenil (GD)
    CDRC AJGD
  • PRIMERA A

    Final

    Belgrano (VM) 10 San Martín (VM)
    BVM CASM
  • PRIMERA B

    Final

    Fusión FC 11 Juventud Unida (RC)
    FFC JURC
  • PRIMERA B

    Final

    Santa Paula (C) 00 San Lorenzo (B)
    SPC SLB
  • PRIMERA B

    Final

    Confraternidad 02 Juventud Unida (CB)
    CRC JUCB
  • PRIMERA B

    Final

    Correos y Telecomunic. 00 Renato Cesarini
    CACT CRC
  • PRIMERA B

    Final

    Social Recreativo (R) 00 Rosario FC
    CSRR RFC
  • PRIMERA B

    Final

    Granada (H) 11 Herlitzka (LV)
    CAGH CSCH
  • PRIMERA B

    Final

    Universidad NRC 00 Los Incas
    UNRC ARLI
  • PRIMERA B

    Suspendido

    Rec. Unión (O) 23 Charrense FC
    CRUO CFC
  • PRIMERA B

    Final

    Def. de Alberdi 01 Talleres (LA)
    CADA CAT

29-07-2010 11:36

Artículos 183, 184 y 106 inciso g)

Detalles del artículo 183, por el cual fue sancionado Aguilar, el 184 que juzgó a Darío Salgado, y el 106 inciso g) que decretó darle por ganado el partido a Centro Social Las Higueras.

Art. 183 - Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.

 

 

Art. 184 - Suspensión de diez a treinta partidos al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con las manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menor violencia que en los casos previstos en el artículo anterior.

 

Art. 106 Inc. g) Art. 106 - PÉRDIDA DE PARTIDO - Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos:

g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.

 

 

Redacción Al Toque